La CPI debe ejercer su autoridad preventiva en Venezuela

La CPI debe ejercer su autoridad preventiva en Venezuela

En un documento legal presentado ante la Corte Penal Internacional , la Fundación Arcadia insta al fiscal jefe, Karim Khan, a adoptar medidas preventivas inmediatas ante la continua comisión de crímenes de lesa humanidad en la República Bolivariana de Venezuela. El documento, emitido desde Washington, D.C., subraya la necesidad imperiosa de que la CPI actúe con urgencia para detener las violaciones sistemáticas y generalizadas que siguen afectando al pueblo venezolano, y destaca la importancia de su deber no solo como tribunal de última instancia, sino como una institución con el mandato de prevenir los crímenes más atroces conocidos por la humanidad.

Mandato de la CPI bajo el Estatuto de Roma

La Fundación Arcadia, reconocida organización no gubernamental dedicada a la promoción y protección de los derechos humanos a nivel mundial, fundamenta su petición en el mandato preventivo de la CPI establecido en el Estatuto de Roma. Este estatuto no solo define a la Corte como un órgano retributivo que implica aplicar justicia a través del enjuiciamiento y la condena de los perpetradores de estos crímenes, sino también como un ente preventivo, diseñado para disuadir la comisión y continuación de los crímenes internacionales más graves.

Según el comunicado de la Fundación Arcadia, aunque el Fiscal de la CPI ya ha iniciado una investigación formal sobre la situación en Venezuela, tras concluir un examen preliminar en noviembre de 2021, la escalada y persistencia de los crímenes de lesa humanidad en el país requieren acciones preventivas urgentes y concretas. El documento dirigido a la CPI enfatiza que el artículo 53 del Estatuto de Roma autoriza al Fiscal a actuar proprio motu —por iniciativa propia— basándose en información creíble para prevenir que los crímenes bajo la jurisdicción de la Corte ocurran o continúen. En este contexto, la situación en Venezuela presenta un caso claro que exige la intervención inmediata del Fiscal.

Evidencia irrefutable de crímenes sistemáticos

El documento de la Fundación Arcadia subraya que existen pruebas abrumadoras que indican la existencia de crímenes de lesa humanidad en curso en Venezuela, incluyendo ejecuciones extrajudiciales, tortura, detenciones arbitrarias y desapariciones forzadas, sin ningún recurso efectivo disponible dentro de la jurisdicción nacional. Estas violaciones han sido documentadas extensamente por organismos internacionales de renombre como la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos de la ONU sobre Venezuela (FFMV) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Hallazgos de la Misión de Determinación de los Hechos de la ONU

Los informes de la FFMV, creada por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU para investigar la situación de derechos humanos en Venezuela, documentan un patrón sistemático de graves violaciones, incluyendo:

  • Ejecuciones Extrajudiciales: Se han registrado numerosos casos en los que las fuerzas de seguridad estatales han ejecutado a individuos sin proceso judicial, apuntando a opositores políticos, activistas y disidentes percibidos. Estas ejecuciones, a menudo realizadas con impunidad, reflejan una política deliberada del estado para eliminar amenazas a su autoridad mediante el uso de la fuerza letal.
  • Desapariciones Forzadas y Detenciones Arbitrarias: Desde 2014, se ha observado una práctica sistemática de desapariciones forzadas y detenciones arbitrarias con el fin de suprimir la oposición política y la disidencia. Los informes detallan cómo agentes estatales han desaparecido a individuos forzadamente, a menudo por períodos prolongados, sin ningún reconocimiento de su detención, eliminándolos efectivamente de la protección de la ley.
  • Tortura y Trato Inhumano: Los hallazgos de la Misión revelan el uso generalizado de la tortura y otras formas de tratos crueles, inhumanos o degradantes contra los detenidos. Los métodos documentados incluyen golpizas severas, descargas eléctricas, asfixia y violencia sexual, utilizados como herramientas para castigar, intimidar y extraer confesiones o inteligencia.

Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Complementando los hallazgos de la FFMV, la CIDH, a través de su Mecanismo Especial de Seguimiento para Venezuela (MESEVE), ha proporcionado evidencia adicional de las atrocidades en curso en Venezuela. En su presentación más reciente ante el Consejo Permanente de la Organización de los Estados Americanos el 28 de agosto de 2024, la Comisionada Roberta Clarke destacó una continuidad de abusos de derechos humanos que confirman la gravedad y persistencia de la crisis:

  • Terrorismo de Estado y Persecución Política: El informe de la CIDH describe explícitamente el uso del terrorismo de estado por parte del gobierno venezolano para infundir miedo y suprimir la oposición política. Esto incluye campañas dirigidas contra líderes de la oposición, periodistas, defensores de derechos humanos y ciudadanos comunes que son percibidos como amenazas para el régimen.
  • Fraude Electoral y Supresión Sistemática: La CIDH, junto con otros observadores internacionales como el Centro Carter y el Panel de Expertos de la ONU, ha condenado las elecciones presidenciales de 2024 como fundamentalmente defectuosas y carentes de transparencia. La negativa del gobierno a publicar registros de votación completos y el uso subsiguiente del aparato estatal para intimidar y reprimir a los voluntarios electorales y figuras de la oposición evidencian una subversión flagrante de los procesos democráticos.

Interpretación errónea de la Cláusula de los “Intereses de la Justicia”

En su comunicado, la Fundación Arcadia critica cualquier intento de invocar la cláusula de los “intereses de la justicia” como una justificación para la inacción de la CPI frente a los crímenes en curso en Venezuela. La cláusula, establecida en el artículo 53 del Estatuto de Roma, permite consideraciones más allá de la mera disponibilidad de pruebas, como el impacto potencial de las acciones judiciales en los procesos de paz en curso o la estabilidad regional. Sin embargo, Arcadia enfatiza que en el contexto venezolano actual, donde no existen procesos de paz oficiales o negociaciones en marcha que justificarían una demora en la acción de la CPI, la invocación de esta cláusula sería inaplicable y contraproducente.

Un llamado a la CPI para actuar inmediatamente

La Fundación Arcadia insta a la Oficina del Fiscal de la CPI a actuar de manera decisiva y rápida, utilizando todas las herramientas preventivas a su disposición para proteger a la población civil en Venezuela. Entre las recomendaciones clave, se destacan:

  • Rechazar cualquier uso indebido del argumento de los “Intereses de la Justicia“.
  • Utilizar plenamente los poderes preventivos de la CPI.
  • Emitir órdenes de arresto o citaciones para los principales responsables.
  • Coordinar con organismos internacionales y regionales para implementar medidas protectoras inmediatas para las víctimas y posibles testigos.

Conclusión: un imperativo moral y legal

El llamado de la Fundación Arcadia a la CPI es claro: es un imperativo tanto legal como moral actuar para detener las violaciones en curso en Venezuela. La situación actual, caracterizada por actos de persecución, detenciones arbitrarias, tortura, desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales, representa un peligro claro y presente para la población civil del país. La CPI, en su papel de guardián de la justicia internacional, debe reafirmar su compromiso con la justicia y la ley, asegurando que el principio de prevención de atrocidades permanezca central en su mandato y operaciones.

En este momento crucial, la comunidad internacional, y más importante aún, las víctimas de estos crímenes atroces, están observando. La CPI debe levantarse ante este desafío y demostrar que la búsqueda de la justicia no es simplemente una aspiración, sino una realidad resuelta que será defendida y mantenida frente a la injusticia y la tiranía.



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