La Corte Penal Internacional no puede sostenerse sobre una duda

La Corte Penal Internacional  no puede sostenerse sobre una duda

La CPI no enfrenta un problema de comunicación. Enfrenta un problema de credibilidad. Y la credibilidad, en justicia penal internacional, no se administra: se tiene o se pierde.

El proceso disciplinario contra Karim Khan ya superó la fase en la que podía tratarse como un asunto interno. Hay una votación formal de los Estados Partes para seguir adelante. Hay un informe de la Oficina de Servicios de Supervisión Interna de la Naciones Unidas que describe contacto sexual no consentido. Y hay una decisión de jueces que, sin negar los hechos reportados, concluyen que no alcanzan el estándar de “mala conducta”. Esa combinación —hechos graves, calificación jurídica discutida, decisión política de avanzar— deja a la Corte en una zona que no puede sostener por mucho tiempo.

No se trata de prejuzgar responsabilidad penal ni disciplinaria. Se trata de otra cosa: de la posición institucional del fiscal jefe mientras esa determinación no existe. La CPI investiga crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, abusos de poder sistemáticos. Su autoridad depende de una premisa básica: quien acusa no puede estar bajo una sombra que comprometa su propia conducta frente al poder.

Khan está en licencia desde mayo de 2025. Esa medida fue correcta, pero sigue siendo insuficiente. La licencia es un recurso administrativo; la crisis es estructural. Cada semana que el fiscal titular permanece en el cargo, aunque no ejerza funciones, la Corte envía un mensaje ambiguo: reconoce la gravedad del caso, pero no asume sus consecuencias.

El argumento de la presunción de inocencia no resuelve este dilema. La presunción protege frente a sanciones sin prueba. No obliga a sostener a un funcionario en la cúspide de una institución cuya legitimidad depende de estándares más altos que los mínimos penales. En sistemas judiciales nacionales, los fiscales generales se apartan ante investigaciones de esta naturaleza para proteger a la institución. La CPI no puede exigirse menos.

El contexto agrava el problema. Las acusaciones emergen después de que la fiscalía solicitara órdenes de arresto contra dirigentes israelíes, incluido Benjamin Netanyahu. Khan y su entorno hablan de una campaña de desprestigio. Es una hipótesis que debe investigarse, no una coartada para paralizar decisiones internas. Precisely because the Court operates under pressure, it cannot permit ambiguity at the top.

A ese cuadro se suma un precedente que ya dañó la integridad de uno de sus expedientes más sensibles. En 2025, la propia Corte ordenó a Khan apartarse del caso Venezuela I por conflicto de interés. La razón es simple y devastadora: su cuñada, la abogada Venkateswari Alagendra, integra el equipo que representa al gobierno de Nicolás Maduro ante la Corte. Los jueces no necesitaban probar parcialidad efectiva; les bastó constatar que un observador razonable podría percibir sesgo.

Ese estándar —la apariencia de imparcialidad— es el núcleo de la justicia internacional. No es accesorio. La Sala de Apelaciones fue explícita: los vínculos familiares y profesionales entre el fiscal y una abogada de la defensa generaban dudas objetivas sobre su independencia y obligaban a su exclusión del caso. La Corte actuó para proteger su credibilidad. Pero el daño ya estaba hecho: durante meses, el principal expediente latinoamericano de la CPI estuvo bajo la dirección de un fiscal cuya imparcialidad era cuestionada.

La continuidad operativa, hoy en manos de Nazhat Shameem Khan y Mame Mandiaye Niang, demuestra que la institución puede funcionar sin su titular. Ese dato es decisivo. Si la fiscalía investiga y litiga con normalidad bajo un liderazgo interino, la permanencia nominal de Khan deja de ser una garantía de estabilidad y pasa a ser un factor de desgaste.

El caso Venezuela I ilustra el punto con precisión. Khan no volverá a ese expediente. La investigación sigue sin él. No se ha detenido. La Corte, en los hechos, ya opera al margen de su fiscal jefe en uno de sus procesos más relevantes. Sostenerlo en el cargo general mientras se acumulan cuestionamientos no protege ningún caso: los expone a todos.

La CPI no puede permitirse una ambigüedad prolongada en su cúspide. No cuando exige cooperación a Estados reacios. No cuando solicita arrestos contra líderes en ejercicio. No cuando enfrenta campañas de descrédito que encuentran terreno fértil en sus propias indecisiones.

La salida no requiere dramatismo, requiere coherencia. Separación definitiva del cargo mientras se completa el proceso, o una decisión rápida y transparente que cierre el expediente. Lo que no es viable es la prolongación de un interinato de facto con un titular cuestionado.

Una corte que juzga abusos de poder no puede tolerar dudas razonables sobre el uso del poder en su propia jefatura. La vara no puede bajar en la cima. Si baja ahí, cae en todas partes.

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