El Caso Venezuela I sigue formalmente abierto en la Corte Penal Internacional, pero sin avances procesales visibles. El último informe de la ONU reafirma la comisión de crímenes de lesa humanidad y descarta la falta de pruebas. A la par, denuncias sobre la inacción de la Fiscalía –incluido el señalamiento de conflicto de interés contra el fiscal Karim Khan por Arcadia Foundation– han puesto el foco en el silencio institucional, el uso reiterado de dilaciones técnicas y el riesgo de que la espera se convierta en una forma de injusticia.
La investigación conocida como Caso Venezuela I sigue formalmente abierta en la Corte Penal Internacional . A casi tres años de que el fiscal Karim Khan anunciara el inicio de una investigación por presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos desde al menos 2014, el expediente permanece en una zona gris: activa en los comunicados, inmóvil en los hechos visibles.
El contraste se ha vuelto más difícil de sostener tras el último informe de la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos sobre Venezuela, presentado ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, que volvió a documentar de forma detallada patrones de detención arbitraria, tortura, violencia sexual, persecución política y ejecuciones extrajudiciales. El informe no introduce una acusación nueva: reafirma, con más pruebas y mayor precisión, conclusiones ya establecidas desde 2020.
En paralelo, la denuncia pública formulada por el abogado y activista Rodrigo Diamanti, centrada en la inacción y el silencio de la CPI frente a esos crímenes, ha colocado el foco en un punto incómodo: la brecha creciente entre la abundancia probatoria y la ausencia de decisiones judiciales concretas.
Un caso abierto, no avanzado
El Caso Venezuela I se encuentra en fase de investigación formal, una etapa que otorga a la Fiscalía amplias facultades para recolectar pruebas, identificar responsables y preparar eventuales solicitudes de órdenes de arresto. No se trata, por tanto, de un expediente preliminar ni cerrado. Tampoco de un juicio en marcha. Es, jurídicamente, un proceso vivo.
Sin embargo, desde que en junio de 2023 la Sala de Cuestiones Preliminares autorizó al fiscal a reanudar la investigación —tras rechazar el intento del Estado venezolano de bloquearla invocando el principio de complementariedad— no se han anunciado imputaciones individuales, solicitudes de arresto ni comparecencias.
La Fiscalía ha sostenido que la investigación continúa, pero lo ha hecho mediante declaraciones generales, sin cronogramas, sin identificación de líneas de responsabilidad y sin señales procesales visibles para las víctimas.
Lo que dice la ONU, otra vez
El último informe de la Misión de la ONU vuelve a ser categórico. Determina que en Venezuela se han cometido crímenes de lesa humanidad como parte de una política de Estado, ejecutada a través de cuerpos de seguridad, servicios de inteligencia y estructuras judiciales cooptadas.
El documento describe cadenas de mando, patrones repetidos y mecanismos de encubrimiento. Identifica responsabilidades que alcanzan niveles superiores del aparato estatal. Y subraya que las violaciones no pertenecen al pasado: continúan, con ajustes tácticos, hasta el presente.
Desde el punto de vista probatorio, el informe refuerza un argumento central: no hay vacío de información. Lo que existe es un acervo creciente de testimonios, documentos y análisis periciales que, en otros contextos, ha servido de base para decisiones procesales más avanzadas.
La denuncia por el silencio
Es en ese contexto donde cobra relevancia la denuncia de Rodrigo Diamanti. Su señalamiento no se dirige a negar la competencia de la CPI ni a descalificar el sistema de justicia internacional. Apunta a algo más preciso: el riesgo de que la demora prolongada se transforme en una forma de denegación de justicia.
Diamanti ha advertido que el silencio institucional de la Fiscalía, frente a crímenes que la propia ONU califica como de lesa humanidad, erosiona la credibilidad de la Corte y profundiza la sensación de abandono entre las víctimas venezolanas. Su crítica no es aislada: se suma a cuestionamientos similares formulados por organizaciones de derechos humanos y expertos en justicia internacional.
La acusación es incómoda porque no se basa en la ausencia de normas, sino en la falta de decisiones.
Complementariedad y límites
Uno de los ejes centrales del debate sigue siendo el principio de complementariedad, según el cual la CPI actúa solo cuando los Estados no están dispuestos o no son capaces de investigar genuinamente los crímenes.
La Sala de Cuestiones Preliminares ya concluyó que Venezuela no cumple ese estándar. Determinó que las investigaciones internas presentadas por el Estado no abarcan los mismos hechos ni a los mismos responsables que examina la Fiscalía internacional. Ese punto quedó jurídicamente zanjado.
Lo que no quedó resuelto es el ritmo. La CPI no está sujeta a plazos estrictos en la fase de investigación. Esa flexibilidad, pensada para garantizar rigor, se ha convertido en el flanco más vulnerable del proceso.
El costo de la espera
Para las víctimas, la prolongación indefinida del proceso tiene un efecto concreto: el congelamiento de expectativas de justicia. Para los presuntos responsables, la ausencia de consecuencias visibles opera como un mensaje de impunidad.
El caso venezolano empieza a ser citado en círculos académicos y diplomáticos como ejemplo de una paradoja recurrente del derecho penal internacional: la capacidad de documentar con precisión sin traducir esa documentación en actos jurisdiccionales.
La Fiscalía bajo cuestionamiento
A ese desgaste estructural se suma un elemento que ha ganado peso en los últimos meses: los cuestionamientos directos a la actuación del fiscal Karim Khan y, en particular, a posibles conflictos de interés.
Arcadia Foundation denunció públicamente que el fiscal incurrió en una situación incompatible con los estándares de independencia exigidos por el Estatuto de Roma. La denuncia no se limitó a una objeción ética genérica: señaló vínculos profesionales y decisiones procesales que, a juicio de la organización, comprometen la imparcialidad de la Fiscalía en el Caso Venezuela I.
El señalamiento tuvo efectos formales. El caso fue reasignado dentro de la estructura de la Fiscalía, un movimiento que confirmó que la objeción no fue considerada irrelevante. Sin embargo, esa corrección administrativa no se tradujo en avances procesales sustantivos. El expediente se movió de escritorio, pero no de fase.
Desde entonces, la Fiscalía ha seguido invocando razones técnicas para justificar la ausencia de decisiones: necesidad de proteger la confidencialidad, complejidad del análisis probatorio, prioridad de otros escenarios abiertos. Ninguna de esas explicaciones es jurídicamente inválida. Lo que resulta problemático es su reiteración sistemática.
Para críticos del proceso, el patrón es claro: cada objeción produce un ajuste interno, pero nunca un paso hacia imputaciones individuales, solicitudes de arresto o actos procesales visibles. El riesgo, advierten, es que la Fiscalía termine utilizando la complejidad como coartada permanente.
Lo que puede venir
Formalmente, la Fiscalía puede avanzar en cualquier momento hacia solicitudes de órdenes de arresto o citaciones. No existe un obstáculo legal inmediato que lo impida. Lo que existe es una decisión estratégica aún no explicitada.
La presión internacional aumenta, pero no garantiza resultados. La CPI es un tribunal, no un órgano político, pero no opera en el vacío. Cada paso tiene implicaciones diplomáticas.
El límite
El Caso Venezuela I no está muerto. Tampoco avanza.
El último informe de la ONU y las denuncias por inacción han reducido el margen del silencio. La pregunta que comienza a imponerse no es si existen crímenes de lesa humanidad en Venezuela –eso ha sido ampliamente documentado–, sino cuánto tiempo puede sostenerse una investigación sin decisiones antes de que la espera se convierta en una forma más de injusticia.


