El profesor de la USB José Vicente Carrasquero enumera sin rodeos el primer requisito de una ley de amnistía honesta: la derogación inmediata de normas como la Ley contra el Odio, la Ley Bolívar o la Ley Resorte, que han servido para criminalizar opinión, protesta y organización política. “Mientras ese andamiaje permanezca intacto, cualquier liberación será precaria y reversible”, afirma.
Las amnistías no son atajos morales ni concesiones retóricas. En transiciones políticas reales funcionan como instrumentos quirúrgicos: liberan a inocentes, cierran expedientes fabricados y separan responsabilidad penal de persecución política. Cuando se redactan mal, hacen lo contrario. Se convierten en vehículos de impunidad, en herramientas para reciclar represores y en coartadas jurídicas para prolongar el control del aparato judicial.
Eso es lo que, desde una perspectiva académica, advierte el profesor José Vicente Carrasquero al analizar la propuesta de ley de amnistía en Venezuela: un texto incompleto, vulnerable y peligrosamente abierto a manipulación institucional si no se corrige antes de entrar en vigor Amnistía sin justicia_ el pelig….
Su diagnóstico es directo. Tal como está planteada, la ley no garantiza libertad plena ni justicia mínima. No establece plazos obligatorios para las excarcelaciones. No fija mecanismos externos de supervisión. No blinda con claridad la prohibición de amnistiar crímenes de lesa humanidad. Y, quizás más grave, deja intacto el entramado legal que durante años ha permitido fabricar delitos y encarcelar disidentes.
Una amnistía que convive con leyes diseñadas para reprimir nace mutilada.
Carrasquero enumera sin rodeos el primer requisito: la derogación inmediata de normas como la Ley contra el Odio, la Ley Bolívar o la Ley Resorte, instrumentos que —en la práctica— han servido para criminalizar opinión, protesta y organización política. Mientras ese andamiaje permanezca intacto, cualquier liberación será precaria. Reversible. Condicionada.
El segundo punto es operativo, no simbólico: salida inmediata de los presos políticos, con plazos perentorios. Cuarenta y ocho horas para excarcelar. Quince días para borrar antecedentes. Treinta para revisar expedientes. No como aspiraciones, sino como obligaciones legales. Cada día adicional bajo custodia, recuerda Carrasquero, constituye una violación en curso Amnistía sin justicia_ el pelig….
El tercer elemento es innegociable: la prohibición expresa de amnistiar tortura, desaparición forzada, violencia sexual o crímenes contra la humanidad. No por razones ideológicas, sino porque así lo exige el derecho internacional. Ningún proceso serio de transición puede fundarse sobre el borrado de responsabilidades penales por violaciones graves.
Luego aparece el corazón institucional del problema: quién administra la amnistía.
Dejar su aplicación exclusivamente en manos de fiscales y jueces que operaron bajo el mismo sistema que produjo las detenciones es, como mínimo, una invitación al sabotaje interno. Por eso Carrasquero plantea la creación de una comisión técnica independiente, con participación de organizaciones de derechos humanos, academia, Parlamento y observadores internacionales de la ONU y del sistema interamericano Amnistía sin justicia_ el pelig….
A esa instancia le correspondería algo más incómodo todavía: la depuración real del aparato policial, militar y judicial. No como purga retórica, sino como procedimiento documentado para identificar responsables, separar funcionarios implicados en abusos y preservar evidencia para procesos internacionales. Sin esa limpieza estructural, advierte, la amnistía se convierte en una simple pausa administrativa antes de la repetición.
Depurar no es vengarse. Es impedir que el crimen de Estado se renueve con otros nombres y los mismos expedientes.
El sexto imperativo completa la arquitectura: un registro oficial y único de víctimas de violaciones de derechos humanos. Sin verdad documentada no existe reconciliación. Sin archivo público no hay memoria jurídica. Sin reconocimiento institucional del daño, cualquier discurso de paz queda vacío.
Lo que Carrasquero propone no es maximalismo político. Es manual básico de transición. Seis condiciones irrenunciables: derogación de leyes represivas, liberación inmediata, prohibición de impunidad, supervisión independiente, depuración institucional y registro de víctimas Amnistía sin justicia_ el pelig….
Leídas en conjunto, estas exigencias explican por qué el debate sobre la amnistía no es técnico sino estructural. La pregunta no es si habrá una ley, sino para qué servirá: si para desmontar la maquinaria de persecución o para maquillar su continuidad bajo otro ropaje jurídico.
En un país donde la privación de libertad ha funcionado como instrumento político durante años, cualquier amnistía que no rompa ese patrón corre el riesgo de convertirse en otro mecanismo de control selectivo. Liberar sin reformar tribunales. Excelsar sin depurar policías. Perdonar sin investigar. Prometer reconciliación sin verdad.
Las transiciones no se decretan. Se construyen con reglas duras, cronogramas verificables y costos reales para quienes abusaron del poder.
Si Venezuela quiere una amnistía que inaugure algo distinto, tendrá que escribirla como ley de justicia, no como expediente de conveniencia. Y si no lo hace, el peligro no será solo jurídico. Será político: confirmar que incluso los gestos de apertura siguen subordinados al cálculo del poder.
Como recuerda Carrasquero, la amnistía mal diseñada no cierra ciclos. Los posterga. Y a veces los recicla.



