Opacidad energética: ¿Viola el acuerdo Trump-Rodríguez la Constitución venezolana? (Documento)

Opacidad energética: ¿Viola el acuerdo Trump-Rodríguez la Constitución venezolana? (Documento)

Un exhaustivo informe jurídico elaborado por el destacado abogado y académico venezolano Juan Cristóbal Carmona Borjas ha encendido las alarmas sobre el reciente acuerdo petrolero entre los gobiernos de los Estados Unidos y la presidencia encargada de Venezuela. El pacto, que contempla la asignación de 17 bloques petroleros estratégicos en las cuencas del Lago de Maracaibo y la Faja Petrolífera del Orinoco a la empresa North American Blue Energy Partners (NABEP), involucra reservas estimadas en 65.000 millones de barriles de petróleo. Sin embargo, de acuerdo con la investigación de Carmona Borjas, detrás del optimismo de los anuncios oficiales se esconde un denso entramado de contradicciones institucionales y opacidad que amenazan la validez legal del proceso.

Para la audiencia de la Fundación Arcadia, dedicada a la defensa del Estado de derecho y la transparencia, el documento del Dr. Carmona Borjas aporta un desmontaje técnico imprescindible. El autor advierte que, mientras la narrativa pública oscila entre un “acuerdo entre Estados” y una convención privada gestionada por la Oficina de Capital Estratégico (OCE) del Pentágono, la realidad material de la operación obliga a evaluar si se están vulnerando los principios más elementales de la administración pública venezolana.

El choque contra la transparencia y el control parlamentario

El primer escollo identificado por el jurista es la severa falta de rendición de cuentas. Carmona Borjas invoca el artículo 141 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), el cual estatuye que la función pública debe fundamentarse en la honestidad y la transparencia. Para el autor, resulta inconcebible que, en una transacción calificada por los mandatarios como “el más grande negocio petrolero en la historia”, la opinión pública solo cuente con comunicados de prensa y mensajes en redes sociales, careciendo de contratos detallados, planes de negocio auditables y cálculos económicos oficiales, contraviniendo el artículo 1° de la reciente Ley Orgánica de Hidrocarburos (LOH 2026).

Asimismo, el análisis técnico del abogado apunta al corazón del artículo 150 constitucional, que prohíbe la celebración de contratos de interés público nacional con Estados extranjeros sin la debida aprobación de la Asamblea Nacional. Frente a los argumentos del secretario de Estado, Marco Rubio, quien afirmó que el pacto es exclusivamente entre el Pentágono y la firma privada NABEP, Carmona Borjas demuestra que la forzosa intervención del Ministerio de Hidrocarburos (MPPH) y de PDVSA Petróleo, S.A. (PPSA) arrastra al Estado venezolano a asumir compromisos sustanciales. Por ende, la operación calificaría como un contrato de interés público que requiere un control parlamentario estricto y no un mero “acuerdo de respaldo” político.

El laberinto de los “Penny Warrants” y el conflicto con la OFAC

Otro de los puntos más agudos de la investigación de Carmona Borjas desmitifica la supuesta compra directa del 35% de las acciones de NABEP por parte del Pentágono. Apoyándose en la legislación militar estadounidense (como el 10 U.S. Code § 4817 y las restricciones del Congreso norteamericano), el jurista explica que las agencias federales tienen prohibido realizar inversiones directas de capital (equity investments) en empresas privadas vinculadas a países sancionados, por lo que la operación probablemente se esté estructurando a través de opciones financieras conocidas como “penny warrants”, un mecanismo de control que deja en el aire de dónde provendrán realmente los ingentes recursos para financiar la extracción.

Finalmente, el informe advierte sobre los riesgos fiscales y la colisión normativa provocada por la Licencia N° 50 C de la OFAC. El Dr. Carmona Borjas señala que la directiva estadounidense —que ordena canalizar las regalías y tributos petroleros en cuentas custodiadas por el Departamento del Tesoro de EE. UU. (Foreign Government Deposit Funds)— choca frontalmente con el régimen presupuestario de la CRBV, el cual exige el ingreso directo de las divisas a la Oficina Nacional del Tesoro a través del Banco Central de Venezuela (BCV), abriendo una seria disyuntiva sobre la soberanía legal y la ejecución financiera de la República.

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